No a los Talleres Móviles

Desde la Cámara Argentina de Protección Contra Incendios – CEMERA entidad que nuclea a las empresas representativas del Comercio y mantenimiento de Extintores, así como de la fabricación, reparación, instalación y mantenimiento de instalaciones fijas contra Incendio, tenemos el agrado de dirigirnos a todos nuestros asociados con el objetivo de perfeccionar y profesionalizar el rubro en cada actividad que se desarrolle.

 

En virtud de las reuniones celebradas por el IRAM - Instituto Argentino de Normalización y Certificación y la compilación de los comentarios recibidos queremos destacar la transcripción actual de la Norma, punto…”4.4.3 Local e instalaciones del prestador responsable del servicio

Debido a la complejidad, masa y volumen del equipamiento, la operatoria, el desenvolvimiento espacial necesario y las condiciones de seguridad de los operarios, el prestador responsable del servicio debe desarrollar su actividad en un local inmueble acondicionado a ese efecto. No puede desarrollar su actividad en talleres móviles montados en vehículos, más allá del tamaño o características de éstos.”…

 

Esta improvisada recarga, mantenimiento y/o manipulación de extintores, sin la maquinaria apropiada, representa un peligro potencial por el riesgo de explosión como así también por no encontrarse en condiciones aptas de desempeño ante un principio de incendio.

 

Se desconoce la cantidad exacta, la representatividad en el mercado y la frecuencia de este tipo de accionar, pero no se puede desconocer la gravedad que esto implica y el rigor con el que la Cámara Argentina de Protección contra Incendios propone abordar el asunto.


  26 de Julio de 2022

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